Apostilla estatal de Copia Fiel
Comience con una carga nítida de su orden judicial. Nuestro notario autorizado certifica una copia fiel y una Secretaría de Estado de EE. UU. emite la apostilla sobre esa certificación.
Iniciar Copia FielLas órdenes judiciales, incluidas las órdenes de custodia, las sentencias de adopción, las órdenes de cambio de nombre, las órdenes de tutela y los fallos, a menudo necesitan apostillarse para su ejecución o reconocimiento en jurisdicciones extranjeras. Las disputas de custodia internacionales, las adopciones transfronterizas y los procedimientos legales en el extranjero requieren documentos judiciales autenticados para establecer la jurisdicción y la autoridad legal. Como las órdenes judiciales provienen de tribunales específicos con requisitos de certificación específicos, asegurar que el documento esté debidamente certificado por el secretario antes de presentarlo es fundamental para una apostilla exitosa.
Desde $149 por documento · Sin cargos ocultos · Envío con seguimiento incluido
Comience con una carga nítida de su orden judicial. Nuestro notario autorizado certifica una copia fiel y una Secretaría de Estado de EE. UU. emite la apostilla sobre esa certificación.
Iniciar Copia FielEnvíe el orden judicial físico cuando la autoridad receptora necesite que el original se tramite por la vía del estado emisor. El tránsito es aparte del procesamiento.
Enviar un originalLa jurisdicción del tribunal: el tribunal específico (estatal, de condado, de familia, sucesorio) que emitió la orden
La certificación del secretario del tribunal con firma original y sello del tribunal
La firma del juez (cuando el país de destino lo exija)
Los requisitos de vigencia: algunos países de destino exigen copias certificadas recientes
Si la orden es una orden final frente a una orden provisional o temporal
El número de caso y la información de presentación para la verificación de autenticación
Nuestro equipo revisa cada orden judicial antes de procesarlo. Detectamos problemas de elegibilidad, páginas faltantes y particularidades de cada estado por adelantado para que no se rechace su apostilla.
Obtenga una revisión gratuitaDesde el Exprés de 1 día hábil hasta el estándar económico, ofrecemos velocidades de procesamiento flexibles para cualquier fecha límite.
Ver tiempos de procesamientoDesde la carga del escaneo hasta la copia fiel notariada, la apostilla estatal y el envío con seguimiento. Nos encargamos de todo el proceso para que usted no tenga que hacerlo.
Ver requisitosPrioridad exprésExprés
Tan rápido como 1 día hábil
Prioridad estándarEstándar
2 a 3 días hábiles
Estándar económicoEconómico
4 a 6 días hábiles
El procesamiento estatal puede ser tan rápido como 1 día hábil para las solicitudes elegibles. El tiempo de envío es independiente del tiempo de procesamiento. Si necesita su orden judicial apostillado para uso internacional, envíe su solicitud lo antes posible para dar tiempo tanto al procesamiento como a la entrega.
Ver los detalles completos de los tiempos de procesamientoTres pasos sencillos, desde la carga hasta la entrega. Nosotros nos encargamos de toda la complejidad.
Envíe un escaneo a color nítido de su orden judicial a través de nuestro portal seguro. Lo revisamos para verificar su elegibilidad y exactitud antes de avanzar.
Toma unos 2 minutos
Nuestro notario con licencia certifica una copia fiel de su orden judicial y, luego, un Secretario de Estado de EE. UU. emite la apostilla sobre la copia fiel certificada por el notario.
Procesamiento el mismo día disponible
Su orden judicial apostillado se envía directamente a usted con seguimiento completo. Hay entrega nacional e internacional disponible.
Entrega nacional e internacional
Los abogados a menudo proporcionan a los clientes copias con sello de presentación de órdenes judiciales, que no son lo mismo que las copias certificadas por el secretario. Una copia certificada debe incluir una página de certificación por separado (o un estampado) del secretario del tribunal que confirme que el documento es una copia fiel y completa del original en el expediente. Sin esta certificación, la Secretaría de Estado no puede apostillar el documento.
La certificación del secretario debe incluir el sello oficial del tribunal. Los documentos más antiguos pueden tener sellos gofrados decolorados que ya no son legibles. Si la Secretaría de Estado no puede verificar el sello, el documento será devuelto. Es posible que necesite obtener una copia certificada nueva de la oficina del secretario.
Diferentes estados tienen diferentes requisitos sobre lo que constituye un documento judicial debidamente certificado. Algunos estados exigen que la firma del secretario esté registrada ante la Secretaría de Estado. Otros requieren una autenticación intermedia del secretario del condado antes de que el estado pueda apostillar. Conocemos los requisitos de cada estado.
Las órdenes de restricción temporales, los arreglos de custodia provisionales y las órdenes pendente lite no son fallos finales. Si bien técnicamente pueden apostillarse, muchas autoridades extranjeras solo aceptarán órdenes finales. Asegúrese de presentar la versión correcta del fallo del tribunal.
Tramitamos las apostillas a partir de una copia fiel certificada (true copy) notariada del escaneo que usted sube. Su acta de nacimiento, su diploma o su informe del FBI nunca sale de sus manos, así que jamás puede perderse en el correo.
Cómo funciona el trámite con copia fiel certificadaLa información proporcionada en esta página tiene únicamente fines informativos generales y no constituye asesoramiento legal. Los requisitos pueden variar según el estado y el país de destino. Para obtener asesoramiento legal formal, consulte a un profesional calificado.